"...este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Libertador y Santos Marquina de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Mérida, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara: CON LUGAR la solicitud de divorcio 185-A, interpuesta por los ciudadanos Juan Carlos Rodríguez Rivera y Lisbeth Josefina Calderón López, plenamente identificados en autos, y en consecuencia, se declara: DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL que los unía y que contrajeron por ante el Registro Civil de la Parroquia El Sagrario del Municipio Libertador del estado Bolivariano de Mérida, en fecha 16 de septiembre de 1999, según acta nº 73. Así se decide.."