Dispositiva:
Por todo lo anteriormente señalado, este Tribunal de Ejecución Nº 01 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, acuerda la suspensión condicional de la ejecución de la pena, a favor de Hernán José Anaya Sánchez, titular de la cédula de identidad N° E-83.234.750, de conformidad con el artículo 493 del Código Orgánico Procesal Pena, suspensión que se acuerda por el lapso de dos (2) años, tres (3) meses, once (11) días y veinte (20) horas, el cual comenzará a transcurrir a partir de la fecha de imposición de esta decisión.
Líbrese boleta de citación al penado, para el día martes diecinueve de junio del año en curso (19.06.2007), a las diez de la mañana, para imponerlo de la suspensión condicional de la ejecución de la pena acordada a su favor, para que suscriba el acta de compromiso y se le haga entrega de copia certificada de esta decisión. Ofíciese a la Unidad Técnica de Apoyo al Sistema.....