este Tribunal de Primera Instancia Penal en Funciones de Control Nº 04 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Extensión El Vigía, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley: De conformidad con el Artículo 522 numeral 2 del Código Orgánico Procesal Penal, ACUERDA RATIFICAR LA ORDEN DE APREHENSIÓN, dictada en fecha 09 de Noviembre de 1989, por el Juzgado del Municipio Obispo Ramos de Lora de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, al Ciudadano VICTOR MANUEL PARRA, Venezolano, Titular de la Cédula de Identidad N° V-9.395.739, Soltero, Nacido en fecha 19 de Febrero de 1962, Obrero, Residenciado en el Sector Los Naranjos, Vía Principal, Casa sin número, Jurisdicción del Municipio Alberto Adriani del Estado Mérida; en tal sentido se Ordena oficiar a los diferentes Órganos de Seguridad del Estado Mérida, a fin de solicitarles se sirvan practicar la aprehensión de dicho ciudadano, haciéndoles saber que una vez aprehendido,.....