El Tribunal dictó decisión interlocutoria y aceptó la declinatoria de competencia por razón de la cuantía para seguir conociendo la presente causa, por cobro de bolívares originados en accidente de tránsito y daño moral, que le fue deferida por el Juzgado Segundo de los Municipios Tovar, Zea, Guaraque y Arzobispo Chacón de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, mediante decisión de fecha 21 de mayo de 2007 y, en consecuencia, se avocó al conocimiento de este proceso. En tal virtud, se le dio entrada con la nomenclatura particular de este Tribunal al presente expediente y el curso de Ley correspondiente. Ofíciándose lo conducente al Tribunal declinante. Asimismo se advirtió a las partes que, en el tercer día de despacho siguiente a la fecha de la presente decisión, la presente causa continuará su curso en el estado en que se encuentra, y que en esa misma oportunidad este Tribunal emitirá pronunciamiento expreso sobre la validez o no de las actuaciones procedimentales efectuadas.....