´SEGUNDO: se decreta MEDIDA AUTOSATISFACTIVA DE PROTECCIÓN A LA PRODUCCIÓN, sobre la unidad de producción denominada "LOS LIRIOS", ubicada en el sector La Cruz, asentamiento campesino sin información, parroquia Mucurubá, municipio Rangel del estado Bolivariano de Mérida, constante de una superficie de CUARENTA Y SEIS HECTAREAS CON DOS MIL CUATROCIENTOS VEINTISEIS METROS CUADRADOS (46ha con 2426 m2), a favor de los ciudadanos ALVIN ANTONIO ROMERO ÁLVAREZ, venezolano, mayor de edad, productor agropecuario, titular de la cédula de identidad Nº V-5.202.381, y ALVIN ALBERTY ROMERO QUINTERO, venezolano, mayor de edad, productor agropecuario, titular de la cédula de identidad Nº V-14.917.489. Y Así se decide.´