DECISIÓN
Por las razones precedentemente expuestas este Tribunal de Juicio N° 05 del Circuito Judicial Penal del estado Mérida, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: INTERRUMPIDO EL DEBATE en la causa Nº LP01-P-2021-001352, seguida al ciudadano RAFAEL RAMÓN UZCÁTEGUI LAMUS, de nacionalidad venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-660.183, de conformidad con lo establecido en el artículo 320 del Código Orgánico Procesal Penal.
Decisión que se fundamenta en los artículos 26, 49, 253, 257 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, y los artículos 2, 4, 6, 16, 17, 157, 315, 318 y 320 del Código Orgánico Procesal Penal.