SEGUNDO: se declara Sin lugar, el recurso de apelación interpuesto en fecha veintitrés (23) de mayo de dos mil veinticinco (2025), incoado por la ciudadana ABOGADA ISVETT JEANNETTE ACOSTA MEJÍAS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V.-11.403.555, actuando en su condición de Defensora Pública Provisoria Primera (1°) en Materia Agraria del estado Bolivariano de Mérida, actuando bajo el principio de la Unidad de la Defensa Pública, en sustitución de la ciudadana ABG. MARIELA COROMOTO SÁNCHEZ PEÑA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V.-18.797.888, en su carácter de Defensora Pública Provisoria Tercera (3°) en Materia Agraria del estado Bolivariano de Mérida, quien actuó previo requerimiento de la ciudadana OSMY JACQUELINE QUINTERO CADENAS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V.-18.619.691, con domicilio en la vía principal hacia el arenal, sector El Paso, parroquia Arias, municipio Libertador del estado Bo.....