El Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Control N° 02 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Extensión El Vigía, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, decide: PRIMERO: Declara sin lugar la solicitud hecha por la defensa de la nulidad del procedimiento poliicial por cuanto cumple con los requisitos establecidos en los artículos de conformidad con los artículos 44 y 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, y los artículo 248, 372, 373 del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: SE DECRETA LA APREHENSIÓN EN SITUACIÓN DE FLAGRANCIA en contra de las imputadas YUSMEIRA DEL CARMEN PARRA TORRES, venezolana, titular de la cédula de identidad Nº 12.871.790. natural de Maracaibo, Estado Zulia, nacida en fecha 13-06-1976, de 31 años de edad, soltera, de oficio del Hogar con 6to Grado de Primaria como grado de instrucción, hija de Herminia del Carmen Torres y Delio Ramón Parra Torres domiciliada en El Barrio Brisas De.....