a tenor de lo dispuesto en los artículos 479, ordinal 2°, del Código Orgánico Procesal Penal, y 70.4 y 73 ejusdem, acumula la causa penal N° LP01-P-2003-268, seguida en contra del penado JOSE ARMANDO SANTOS, mediante la cual se le condenó a cumplir la pena de DIEZ (10) AÑOS DE PRISIÓN, por la comisión del delito de Ocultamiento y Tráfico de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, previsto y sancionado en el artículo 34 de la Ley Orgánica de Sustancias Estupefacientes y al Psicotrópicas, a la causa LL01-P-2002-77. Por tanto, de la revisión de ambas causas y de su correspondiente acumulación, se desprende que debe cumplir una pena total de DIECISEIS (16) AÑOS, DOS (02) MESES Y OCHO (08) DÍAS DE PRISION.