este Tribunal de Primera Instancia de Responsabilidad Penal del Adolescente, en Funciones de Control N° 01 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Extensión El Vigía, Administrando Justicia en Nombre de la República de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decide: Primero: Se declara de oficio nula la decisión dictada por el Tribunal Primero de los Municipios Alberto Adriani, Andrés Bello, Obispo Ramos de Lora y Caracciolo Parra y Olmedo, actuando como Tribunal de Control de Responsabilidad Penal del Adolescente, de fecha diecinueve de septiembre de dos mil dos (19-09-2002), que riela al folio 22 y su respectivo vuelto. Segundo: Se declara de oficio la nulidad absoluta de las actuaciones contenidas en los folios 26, su vuelto, 27, su vuelto, 31 y 32, insertos en la causa, quedando sin efecto tales actos. Tercero: Se decreta la libertad plena los ciudadanos (reservado); por consecuencia, se deja sin efecto la medida cautelar impuesta por el otrora Tribunal de Municipios, en fech.....