PRIMERO: Se declara CONSUMADO EL DESISTIMIENTO del recurso de apelación interpuesto por el abogado Juan Peroza Plana, en su condición de coapoderado judicial de la parte demandante-recurrente, ciudadana MILANGIELA CHIQUINQUIRA PARRA ALBORNOZ, en fecha 19 de mayo de 2015 (f. 168), contra la sentencia de fecha 08 de mayo de 2015 (fs. 61 al 64), mediante la cual el mediante el cual el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Mérida, declaró parcialmente con lugar la oposición formulada por la parte demandante a la admisión de las pruebas promovidas por la parte demandada. SEGUNDO: De conformidad con lo establecido en el artículo 282 del Código de Procedimiento Civil, se condena en las costas del desistimiento, a la parte demandante-recurrente.