PRIMERO: Niega la medida solicitada por la ciudadana ALIX COROMOTO RANGEL RUIZ, asistida por los abogados IRMA SALAZAR, GONZALO ROA y ELI SAUL CHUECOS LARA, parte actora, por no ajustarse al contenido legal, doctrinario, y jurisprudencial expuesto en la parte motiva de este fallo, y acogido por este Tribunal conforme a la previsión legal contenida en el artículo 321 del Código de Procedimiento Civil y de acuerdo a lo establecido en los artículos 1880 y 1896 del Código Civil Venezolano.