Por las razones antes expuestas, este TRIBUNAL PRIMERO SUPERIOR DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, Administrando Justicia, en Nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: DESISTIDO el recurso de apelación interpuesto por la abogada Dairy Yumar Mejías Dávila en su carácter de apoderada judicial de la parte demandante, contra la decisión de fecha veintidós (22) de Junio de 2005, proferida por el Tribunal Cuarto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, sede El Vigía, y en consecuencia, una vez que quede firme la presente decisión, se ordena la remisión del expediente al Tribunal de origen.
SEGUNDO: Se confirma la decisión proferida por el Tribunal Cuarto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, sede El Vigía, de fecha veintidós (22) de Junio de 2005, en la que declara Parcialmente Con lugar la demanda int.....