Decisión
Por todo lo expuesto, este Juzgado de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Control N° 05 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, pasa a decidir con el siguiente pronunciamiento:
PRIMERO: Declara la aprehensión en situación de flagrancia de los imputados ANDRES ENRIQUE MARQUEZ GIL Y ANDRES ALI TERAN GONZALEZ por considerar que se dan los supuestos del articulo 248 del Código Orgánico Procesal Penal y que se evidencia del acta policial que riela al folio 2.
SEGUNDO: Comparte la calificación jurídica del Ministerio Público de Porte ilícito de arma de fuego, previsto y sancionado en el artículo 277 del Código Penal.
TERCERO: Acuerda que la presente causa sea tramitada por el PROCEDIMIENTO ORDINARIO.
CUARTO: Acuerda Medida Cautelar Sustitutiva de la Privación de la Libertad consistente en presentación cada 30 días para ANDREZ MARQUEZ DIRECCION quien tiene su residencia en la URB MON.....