En fe lo expuestos, este Tribunal Penal de Primera Instancia en funciones de Ejecución N° 02 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Extensión el Vigía, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, ACUERDA, OTORGA EL BENEFICIO DE LIBERTAD CONDICIONAL a la penado: MARISELA FERRER PEÑA, venezolana, titular de la cédula de identidad N° V. 7.569.199, nació en fecha 20-05-1963, de oficios del hogar. El Tribunal le impone las siguientes condiciones:-1) Presentarse mensualmente a la Unidad Técnica de Apoyo al Sistema Penitenciario Nº. 05 de Coro Estado Falcón, a los fines de cumplir todas y cada una de las obligaciones que le sean impuestas por el Delegado de Prueba que le sea asignado.-2) Mantenerse activa laboralmente, así mismo puede estudiar un arte u oficio que le permita mejorar su calidad de vida, a tal efecto, la penado debe presentar constancia de trabajo actualizada ante el tribunal o Delegado de Prueba correspondiente.....