Dadas las condiciones que anteceden, este JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS CAMPO ELÍAS Y ARICAGUA DE CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en el artículo 22 de la Ley sobre Venta con Reserva de Dominio, y por considerar llenos los extremos de Ley contenidos en el Articulo 585 del Código de Procedimiento Civil, como son: "El FUMUS BONIS IURIS y EL PERICULUM IN MORA", en concordancia con el Artículo 599 ordinal 5° eiusdem, DECRETA MEDIDA PREVENTIVA DE SECUESTRO, sobre un vehiculo con las siguientes características: MARCA: FIAT; MODELO: SIENA FIRE 1.4L 8V; TIPO: SEDAN, AÑO: 2.008, COLOR: NEGRO VULCANO; USO: PARTICULAR; SERIAL DE CARROCERÍA: 9BD17216K83482716; SERIAL DEL MOTOR: 178F50388556294; PLACAS: AA178DL; CLASE: AUTOMÓVIL; PESO: 1071 KGS, solicitada por el ciudadano ROSAURO JOSÉ SILVA FIGUEROA, en contra del ciudadano JOSÉ ISIDRO ZAMBRANO GUILLEN,.....