Este Tribunal en funciones de Control N° 05 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Extensión El Vigía, administrando Justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: Improcedente tomarle juramento de ley, a la abogada ROSA DEL VALLE GÓMEZ, titular de la cédula de identidad N° V-11.915.488, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 96.880; por cuanto la misma figura como investigada, en la averiguación fiscal signada con el N° 14-F6-195-08, por el delito de ESTAFA, en perjuicio de la ciudadana OLGA LUCÍA MARÍN. Todo conforme al artículo 131 del Código Orgánico Procesal Penal.
SEGUNDO: A los fines de salvaguardar el derecho a la defensa de la investigada ROSA DEL VALLE GÓMEZ, supra identificada, se acuerda designarle Defensor Público, sin perjuicio de que en el transcurso de la investigación o proceso, ejerza su derecho de nombrar un abogado de su confianza como defensor. Todo de conformidad con el artículo 49 numeral .....