Este Tribunal en cumplimiento a la Comisión conferida por el Juzgado Primero de los Municipios Libertador y Santos Marquina de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, se traslado y constituyó en el sitio indicado por la parte actora.-CONCLUSIÒN: Este Tribunal de conformidad con el artículo 599 ordinal 7º del Código de Procedimiento Civil, Secuestro el inmueble y lo depósito en la persona de su propietario Ciudadano: José Orlando Dávila Dávila, titular de la cédula de identidad Nº V-10.105.310, tal como se evidencia de la copia fotostática certificada del documento de propiedad, representado en este acto por su Apoderado Judicial, Abogado: Javier de Jesús Vega Molina, titular de la cédula de identidad Nº V- 8.705.303, Inpreabogado Nº 48.373 quién estando presente lo recibió totalmente desocupado de personas y cosas; y cumplida como ha sido la presente Comisión este Tribunal la devuelve en original con sus resultas al Comitente dejando en su lugar copia fotostática certificada .....