se ordena la ejecución forzosa y en consecuencia líbrese MANDAMIENTO DE EJECUCIÓN a cualquier tribunal competente de la República de conformidad con el artículo 892 del Código de Procedimiento Civil vigente y se ordena a la parte demandada hacer efectiva entrega a la parte actora del inmueble en cuestión, constituido por un local destinado a oficina, ubicado en la calle 27, entre avenidas 3 y 4, Nº 3-37 de la nomenclatura municipal, integrante del Centro Profesional, distinguido con el Nº 4 del nivel planta alta, Parroquia El Llano, Municipio Libertador del estado Bolivariano de Mérida, libre de personas, animales, muebles y cosas. Igualmente se ordena a la parte demandada en pagar a la parte actora la cantidad de MIL CUATROCIENTOS BOLÍVARES (Bs.1.400,00) mensuales más el impuesto al valor agregado, por concepto de indemnización por uso del inmueble desde el mes de junio de dos mil catorce (2.014), inclusive, hasta la fecha en que se materialice la entrega formal del inmueble, moment.....