Este Tribunal en funciones de Control Nº 01 de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley decide:
PRIMERO: CONDENA como autor al adolescente IDENTIDAD OMITIDA, por la comisión del delito de los delitos de robo leve (arrebatòn) robo impropio y robo leve (arrebatòn) previsto en los artículos 378, 456 del Código Penal, sancionado en el artículo 620 literales "b" y "c" de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y el Adolescente a cumplir las sanciones de REGLAS DE CONDUCTA y SERVICIO COMUNITARIO en las condiciones antes descritas; deberán ser ejecutadas por la jueza de ejecución.
SEGUNDO: Se declara la cesación de las medidas cautelares dictadas por este tribunal.
TERCERO: Con respecto a la entrega de los objetos a las victimas la fiscal del Ministerio Público señala en la audiencia que las mismas fueron devueltas consignando escritos.
CUARTO: En atención .....