El Tribunal en cumplimiento de la Comisión conferida por el Juzgado Segundo de los Municipios Libertador y Santos Marquina de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, se traslado y constituyó en el sitio indicado por la parte actora.- CONCLUSIÒN: El Tribunal a solicitud de la parte actora ejecuto la medida de Secuestro, para la cual fue comisionada por el Comitente, de conformidad con el artículo 599 ordinal 7º del Código de Procedimiento Civil, y deposita el inmueble (local comercial) en la persona de su propietaria Empresa Mercantil Inversiones Aucara C.A, representada por su Apoderada Judicial María Celina Arrías Ramos, quien lo recibió en nombre y representación de su propietaria, se devuelve la comisión original con sus resultas al Tribunal de la Causa, dejando para el archivo copia fotostática certificada de todas las actuaciones.-