Se declaró CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto el 30 de enero de 2014, por el profesional del derecho JUAN ABELINO PEROZA PLANA, actuando en su propio nombre y representación, contra la sentencia dictada el 21 de enero de 2014, por el JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA. Se declaró INADMISIBLE la demanda interpuesta el 16 de julio de 2013, cuyo conocimiento le correspondió al mencionado Juzgado. Se REVOCÓ el fallo dictado.