Por lo expuesto precedentemente, este Tribunal de Ejecución N° 02 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme a lo establecido en los artículos 479, 482, 484 y 500 del Código Orgánico Procesal Penal, corrige el cómputo de Pena impuesta a la penada OMAIRO DUGARTE ALARCÓN, quien que terminará de cumplir el día veintitrés (23) de febrero de 2008.