ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, Se Decreta el Sobreseimiento de la presente causa a favor del ciudadano NELSON JOSE BRICEÑO, por la comisión del delito de ACTOS LASCIVOS AGRAVADOS, previsto y sancionado en el artículo 377 del derogado Código Penal de conformidad con lo previsto en los artículos 318 numeral 3 en concordancia con el artículo 48 numeral 8 ambos del Código Orgánico Procesal Penal, y artículo 108 ordinal 4° del Código Penal. Notifíquese a las partes de la presente decisión, en cuanto a la víctima y al imputado, se acuerda que sean publicadas las respectivas boletas de notificación en las puertas del Tribunal de conformidad con lo establecido en los artículos 181 del Código Orgánico Procesal Penal. Notificadas las partes, remítase al Archivo Judicial para su guarda y custodia. Certifíquese por Secretaría. Cúmplase. Dada, Sellada y Firmada en la sede del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Extensión .....