la presente causa convinieron en lo siguiente PRIMERO: La parte demandada conviene en todas y cada una de sus partes en la demanda y comprometiéndose a cancelar los cánones de arrendamiento demandados más los vencidos durante la presente demanda, es decir, que cancelará los cánones de arrendamiento desde el diecisiete de julio del 2006 hasta el 19 de abril de 2007, que suman la cantidad de DOS MILLONES QUINIENTOS MIL BOLÍVARES (Bs. 2.500.000,00), LOS CUALES CANCELO en el plazo del 11 de abril de 2007 al 20 de abril de 2007. SEGUNDO: La demandada arrendataria se compromete a cancelar mes por mes los cánones de arrendamiento que se vayan venciendo a la fecha del 19 de abril de 2007. TERCERA: Ambas partes condenen que la demandada arrendataria, desocupará libre de personas y bienes el inmueble alquilado, plenamente identificado en autos, el 15 de agosto de 2007. Que el incumplimiento por parte de la demandada arrendataria dará por resuelto de pleno derecho el presente convenimiento, tray.....