Por las razones antes expuestas, este TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA PENAL EN FUNCIONES DE CONTROL Nº 03 DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MÉRIDA EXTENSIÓN EL VIGÍA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, emite el siguiente pronunciamiento: PRIMERO: DECLARA EL SOBRESEIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA, seguida en contra de JHOAN PEREZ ADELSO, titular de la cédula de identidad Nº V-15.235.813, de 21 años de edad, sin mas datos de identificación, hoy occiso y VALERA GUILLEN ROSO, venezolano, titular de la cédula de identidad Nº V-9.395.728, de 37 años de edad, sin mas datos de identificación por la presunta comisión del delito de HOMICIDIO CULPOSO Y LESIONES GRAVES, previstos y sancionados en los artículos 411 y 422 numeral 2 del Código Penal vigente para la fecha en la cual ocurrieron los hechos, en perjuicio de los ciudadanos: JHOAN PEREZ ADELSO, venezolano, titular de la cédula de identidad Nº V-15.235.813, sin mas datos .....