PARTE DISPOSITIVA
Por las consideraciones ya expuestas, este TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS, DE LOS MUNICIPIOS CAMPO ELIAS Y ARICAGUA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, considera SUFICIENTE y BASTANTES, las presentes actuaciones con fundamento en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, como TÍTULO ASEGURATIVO, del Derecho que les asiste a los hijos de la causante, ya identificados; en consecuencia Declara:
PRIMERO: Con lugar la solicitud de ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, formulada por la ciudadana: CARMEN ELENA PARRA DE MEJÍA,venezolana, mayor de edad, viuda, titular de la cédula de identidad Nº V- 8.031.907, debidamente asistida por el abogado OSCAR DURÁN ROJAS, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 271.546, domiciliados en Jurisdicción del Municipio Campo Elías del Est.....