DISPOSITIVA
Por las consideraciones antes expuestas, este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÈRIDA, actuando en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: LA INCOMPETENCIA de este Tribunal para conocer la presente causa, interpuesta por el ciudadano JOSE ALBERTO CALDERON NAVA, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-8011.795, asistido por el Abogado en ejercicio HIDALGO ASCANIO BUSTAMANTE FLORES, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 281.556, por Justificativo De Testigo, de conformidad con la resolución 2009-0006 y sentencia señalada que es acogida por este Tribunal, en concordancia al artículo 49 ordinal 4° de la constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Y ASÍ SE DECIDE.
SEGUNDO: SE DECLINA la competencia al Juzgado De Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Libertador y Santos Marquina de la Circun.....