DISPOSITIVA.
Por todos y cada uno de los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, este Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Alberto Adriani, Andrés Bello, Obispo Ramos de Lora y Caracciolo Parra y Olmedo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Mérida, Administrando Justicia en Nombre de la República, por mandato de la Constitución y por la Autoridad que le Confiere la Ley, DECLARA: CON LUGAR, la solicitud de DIVORCIO CONFORME AL CRITERIO JURISPRUDENCIAL EMITIDO POR LA SALA CONSTITUCIONAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA SIGNADO CON EL N° DE SENTENCIA 1070 DE FECHA 09 DE DICIEMBRE DE 2016, solicitada por los ciudadanos ZENAIDA MONCADA MORA y FELIPE MORA MORA, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cedula de identidad Nro. V-10.240.676 y V-8.707.680.
EN CONSECUENCIA: Se declara disuelto el vínculo matrimonial que une a los ciudadanos ZENAIDA MONCADA MORA, venezolana, mayor de edad, titular.....