Este Tribunal en cumplimiento de la Comisión conferida por el Juzgado Segundo de los Municipios Libertador y Santos Marquina de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, se traslado y constituyó en el sitio indicado por la parte actora. CONCLUSIÓN: Este Tribunal Segundo Ejecutor de Medidas de los Municipios Libertador y Santos Marquina de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, visto el pedimento que antecede y en cumplimiento de la comisión conferida Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara formal y solemnemente Secuestrado, inmueble consistente en un local comercial identificado con el Nº 1 del Centro Comercial Don Gines, ubicado en la Avenida 5, con calle 25, Municipio del Estado Mérida, de conformidad con el artículo 39 de la Ley de Arrendamientos Inmobiliarios; y lo deposita en la persona de su propietaria Empresa Centro Comercial Don Gines C.A, representada en este acto por su Apoderado Judicial Abog.....