declara: PRIMERO: Se repone la causa al estado de que el Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida con sede en El Vigía, haga efectiva la notificación del abocamiento realizado por la Jueza de ese Tribunal y proceda a la reanudación de la causa en el estado en que se encuentre la misma una vez notificados todos los intervinientes en el proceso, en consecuencia, se anulan todas las actuaciones posteriores que rielan insertas desde el folio 1386 inclusive. SEGUNDO: Se acuerda remitir el presente expediente a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de este Circuito Judicial con sede en El Vigía, a los fines de que sea redistribuido al Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución. Ofíciese lo conducente en su oportunidad