El Tribunal dictó sentencia interlocutoria con fuerza definitiva declarando: PRIMERO: NIEGA la admisión de la SOLICITUD DE MEDIDA INNOMINADA DE PROTECCIÓN A LA PRODUCCIÓN AGROALIMENTARIA, incoada por el ciudadano LUIS MIGUEL DÁVILA ALARCON, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-25.154.773, domiciliado en el sector San Miguel, calle Miranda N° 1, entre Av. Bolívar y sucre, casa S/N, jurisdicción de la ciudad de Lagunillas, parroquia Lagunillas, municipio Sucre del estado Bolivariano de Mérida, debidamente asistido por el ciudadano abogado ENEL DOMINGUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-14.651.270, e inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 193.831, domiciliado en la calle tres, entre la Avenida 15 y 15 Bis, Centro Comercial Don Tuto, primer piso, Oficina 14, parroquia Rómulo Betancourt, municipio Alberto Adriani del estado Bolivariano de Mérida. Así se decide.-
SEGUNDO: Se ordena el archivo y ci.....