: Este Tribunal de Control Nº 05 del Circuito Judicial Penal Del Estado Mérida, Extensión El Vigía, Administrando Justicia, en Nombre de La República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: El sobreseimiento de la presente causa, instruida en contra de JOSE ALFREDO ALBORNOZ AVENDAÑO, titular de la cédula de identidad N° 4.484.280, residenciado en el Chamita, calle Coromoto, casa N° 03, teléfono 0274-2665944Mérida, Estado Mérida, por la comisión del delito de LESIONES CULPOSAS MENOS GRAVES, en perjuicio de la niña GEORGELI JACKELIN BRICEÑO SANCHEZ, de 03 años de edad al momento de ocurrir el accidente, hoy de 08 años de edad , residenciada en Culebria, calle principal, casa sin número, El Vigía, Estado Mérida. SEGUNDO: Notificar a las partes. TERCERO: Una vez transcurra el lapso de apelación respectivo remítase la causa al Archivo Judicial para su guarda y custodia. Cúmplase.
LA JUEZA DE CONTROL N° 05
ABG. MERCEDES LA TORRE VILORIA