Por los razonamientos de hecho y de derecho precedentemente expuestos, este Juzgado de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Juicio No. 03, RESUELVE: PRIMERO: ADMITE en su totalidad la acusación expuesta oralmente por la Representación Fiscal, contra la ciudadana FLOR MARIA RUIZ, al considerar que la misma cumple con los requisitos previstos en el artículo 326. SEGUNDO: ADMITE así mismo en su totalidad los medios probatorios ofrecidos a los fines del juicio oral y público por considerarlos útiles, necesarios y pertinentes, obtenidos e incorporados en forma lícita, en virtud de los Principios de Igualdad de las Partes y de la Comunidad de la Prueba, haciendo constar que sólo el Ministerio Público los ofreció, a saber: TERCERO: Por cuanto la acusada admite los hechos por los cuales le acusa el Ministerio Público y la Defensa Pública solicita para ella la Suspensión Condicional del Proceso, como Medida Alternativa a la Prosecución del Proceso, este Tribunal ACU.....