PRIMERO: EXTINGUIDA la apelación formulada en fecha 07 de enero de 2010, propuesto por el Abogado RICARDO JOSÉ PARADA QUIÑÓNEZ, inscrito en el Inpreabogado 84.520, en su carácter de apoderado judicial de la ciudadana MARISOL DE LAS MERCEDES PARADA VIUDA DE PAPARONI, contra decisión de fecha 24 de noviembre de 2009, dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Mérida, en el juicio seguido contra los ciudadanos, OMAR DE JESÚS PAPARONI MORA, LEONARDO JOSÉ PAPARONI MORA, SONIA MARÍA MORA DE NOVOA Y ELSY MARÍA PAPARONI MORA por partición de bienes hereditarios. Por cuanto esta sentencia se publica fuera del lapso legal, debido al exceso de trabajo originado por las distintas materias, causas y recursos que conoce este Tribunal, de conformidad con el artículo 251 del Código de Procedimiento Civil, se ordena la notificación de las partes o sus apoderados judiciales, haciéndoles saber de la pu.....