El Tribunal en cumplimiento de la Comisión conferida por al Juzgado Tercero de los Municipios Libertador y Santos Marquina de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, se traslado y constituyó en el sitio indicado por la parte actora. CONCLUSIÒN: Este Tribunal visto el pedimento hecho por la parte actora y en cumplimiento de la comisión conferida, declaró formal y solemnemente secuestrado el inmueble consistente en un Apartamento número E-1-3, segunda etapa, integrante del Edificio "E", del Conjunto Residencial "La Floresta", Ubicado en el primer piso del mencionado Edificio, Jurisdicción del Municipio Libertador del Estado Mérida, y lo depositó en la persona de sus co-propietarios Ciudadanos: Gilberto Antonio Rodríguez Useche y Abdolia Lourdes Useche Rodríguez, titulares de las cédulas de identidad Nos. V-17.455.020 y 16.664.786 respectivamente, con fundamento en el artículo 39 de la Ley de Arrendamientos Inmobiliarios, representados en este acto por su Apodera Judicial Abogad.....