Ahora bien, analizados los requisitos exigidos en la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario, este JUZGADO SUPERIOR AGRARIO, de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Mérida, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, admite el recurso de casación anunciado en fecha treinta y uno (31) de octubre de dos mil dieciocho (2018), por el ciudadano Abg. Fredis Alexis Contreras Belandria, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 32.383, actuando en su carácter de apoderado judicial de la parte demandante ciudadano Ramón Ali Salas Márquez, contra de la decisión dictada en fecha veintinueve (29) de octubre del año en curso, por este Juzgado Superior Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Mérida, en el juicio por: protección del derecho de permanencia y carta agraria a favor de dicho ciudadano.