Primero: CON LUGAR la solicitud de divorcio por ruptura prolongada de la vida en común conforme lo establece el artículo 185 del Código Civil Venezolano en concordancia con la Sentencia Vinculante N° 1070/2016 de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia hecha por los ciudadanos ILDEMARO JOSÉ QUIÑONES ZAMBRANO de nacionalidad venezolana, mayor de edad, casada, titular de la cédula de identidad Nº V-19.847.976, correo electrónico: ildemarohhs@gmail.com, teléfono 0414-5926245 domiciliado en el Barrio la Inmaculada, casa S/N, Parroquia Presidente Páez, de la cuidad de EL Vigía, Municipio Alberto Adriani del estado Bolivariano de Mériday civilmente hábil, y YURANY INDIRA URBINA QUINTERO colombiana, titular del número de identificación E- 37160723, ama de casa, con número de teléfono 0414-7146828, y correo electrónico yuraquintero2376@gmail.com, con domicilio en el Barrio Prado Hermoso de Pueblo Nuevo El Chivo, Municipio Francisco Javier Pulgar, Parroquia Simón Rodríguez, casa.....