Este Tribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, HACE LOS SIGUIENTES PRONUNCIAMIENTOS: PRIMERO: Este Tribunal Mixto, declaramos la inocencia y por ende su inculpabilidad, por lo que no conduce responsabilidad penal, al no demostrarse la intención del acusado JOSE HEMETERIO VARGAS ESTUPIÑAN, en los hechos, que fueron calificados por el Ministerio Público, como los delitos de HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO en grado de cooperador inmediato y PORTE ILÍCITO DE ARMA BLANCA, previsto y sancionado en el articulo 405 en concordancia con el articulo 406 ordinal primero en concordancia con el articulo 83 del Código Penal venezolano, artículo 9 de la Ley de Armas y explosivos y articulos 17 y 18 del reglamento sobre la Ley de Armas y Explosivos en perjuicio del ciudadano MAURO ANTONIO VALERO BUITRAGO y el ORDEN PÚBLICO. SEGUNDO: Este.....