Visto el recurso de casación anunciado en fecha diez (10) de diciembre de 2013, por el ciudadano ULISES BARRIOS RONDÓN, en su carácter de beneficiario de la medida de protección, asistido en este acto por el abogado MANUEL SALVADOR UZCATEGUI inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 66.743, contra la decisión dictada en fecha 29 de noviembre de 2013, por este Juzgado Superior Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, en la MEDIDA DE PROTECCIÓN A LA PRODUCCIÓN, otorgada a dicho ciudadano por el Juzgado de Primera Instancia Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Mérida, para decidir esta Alzada observa: