Este TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO Y DEL RÉGIMEN PROCESAL TRANSITORIO DE ESTE CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA. SEDE EL VIGÍA. ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA a tenor de lo establecido en el Artículo 78 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Artículo 1 y 18 Parágrafo 18 de la Convención de los Derechos del Niño en concordancia con los Artículos 4, 5, 8, 30, 177 literal "d", 365, 366, 369, 376, 384, y 453 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes DECLARA CON LUGAR, LA DEMANDA DE FIJACION DE LA OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN, formulada por la ciudadana HEIDIN ROSELIN NIÑO, venezolana, mayor de edad, soltera, de oficios del hogar, titular de la cédula de identidad Nro V.-15.356.441, domiciliada en la Arenosa Bolivariana, calle 6, casa Nro. 021, El Vigía Municipio Alberto.....