Decisión
Por todo lo expuesto, este Juzgado de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Control N° 05 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Con lugar la aprehensión en situación en flagrancia del imputado ITALO ALBERTO LUZARDO, antes identificado, por estar llenos los extremos del artículo 248 del COPP, por la presunta comisión del delito de Ocultamiento de Arma de Fuego, tipificado en el artículo 277 del Código Penal en armonía con el 9 de la Ley de Armas y Explosivos.
SEGUNDO: Acuerda aplicar el procedimiento abreviado, en virtud de lo cual se ordena remitir las actuaciones al Tribunal de Unipersonal de Juicio, que corresponda por distribución.
TERCERO: Acuerda medida cautelar sustitutiva de presentación cada treinta (30) días por ante el Cuerpo de Alguacilazgo;
El fundamento legal de la presente decisión se encuentra en los Artículos 2, 26, 253 y 257 Constitucional;.....