PARTE DISPOSITIVA
En mérito a las consideraciones que anteceden, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, procediendo en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: Con lugar la apelación interpuesta por la abogada MARIA AURORA VARELA DE MEJIAS, en su condición de co-apoderado judicial del demandado ciudadano RAMÓN GERARDO ALBORNOZ, contra la sentencia definitiva dictada por el Juzgado Primero de los Municipios Libertador y Santos Marquina de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, en fecha 16 de noviembre de 2.005.
SEGUNDO: Se revoca en todas y cada una de sus partes la decisión dictada por el Juzgado a quo en fecha 16 de noviembre de 2.005.
TERCERO: Sin lugar la falta de cualidad e interés del actor para intentar la acción propuesta y de la demandada para intentar y sostener el juicio, opuesta por la ciudadana ISABE.....