DISPOSITIVA
En vista de los razonamientos antes expuestos, este TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS, DE LOS MUNICIPIOS CAMPO ELÍAS Y ARICAGUA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA, EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA:
PRIMERO: HOMOLOGADA LA PARTICIÓN Y LIQUIDACIÓN AMISTOSA DE BIENES HABIDOS EN LA COMUNIDAD CONYUGAL, existente entre los Ciudadanos: JOSÉ ROBERTO ZAMBRANO ANGULO e ISABEL ROSALES RUJANO, venezolanos, mayores de edad, divorciados, titulares de las cédulas de identidad Nors. V.- 3.034.473 y V.- 4.486.581 respectivamente, domiciliados el primero en Jurisdicción del Municipio Sucre; la segunda en la Calle Urdaneta, Casa Nº 6, Jurisdicción de la Parroquia Montalbán del Municipio Campo Elías, ambos del
Estado Bolivariano de Mérida y hábiles en la forma por ellos acordada, de conformidad con el artículo 788 del Código de Procedimiento Civil. ASÍ SE DEC.....