Este Tribunal de Control N° 03, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE PRESENTE LA CAUSA, de conformidad con el artículo 318 numeral 3 del Código Orgánico Procesal Penal, a FAVOR de RAFAEL ANTONIO SÁNCHEZ PERNIA, venezolano, mayor de edad, natural de El Vigía, Estado Mérida, obrero, portador de la cédula de identidad N° 9.199.788, residenciado en Urbanización Caño Seco, calle 4, casa N° 64, El Vigía Estado Mérida Por el Delito de VIOLENCIA FISICA, previsto y sancionado en el Artículo 17 de la Ley Sobre la Violencia Contra la Mujer y la Familia, cometido en perjuicio ANA ROSA GÓMEZ LOMINA, venezolana, mayor de edad, portadora de la cédula de identidad N° 9.197.764, residenciada en Urbanización Caño Seco, calle 4, casa N° 64, El Vigía Estado Mérida; Notificase al Fiscal VI del Ministerio Publico, victima y imputado, en las direcciones que consta en la causa de conformidad con el 187del COPP, y.....