PARTE DISPOSITIVA
En orden a las consideraciones que anteceden, este Tribunal, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR LA SOLICITUD DE RECTIFICACIÓN DE LA PARTIDA DE NACIMIENTO signada con el número 44, inserta en los Libros de Nacimientos llevados por ante el Registro Civil de la Parroquia Montalbán del Municipio Campo Elías del Estado Mérida, durante el año 1.953, correspondiente al ciudadano: YLDER ALFONSO SANTIAGO PUENTE, en el entendido de que tanto en el Libro de Partida de Nacimientos llevado en dicho Registro Civil, como en su duplicado que reposa en el Registro Principal del Estado Mérida, aparezca en lo sucesivo en dicha acta el primer nombre, verdadero y correcto, en la forma siguiente: ”YLDER”, y no “ILDAR”. Queda así rectificada dicha partida de Nacimiento.-
PUBLÍQUESE, CÓPIESE, EXPÍDANSE COPIAS CERTIFICADAS Y REMÍTASE CON OFICIO A LOS ORGANISMOS COMPETENTES.....