este Tribunal ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA en el presente Juicio.-
Por cuanto la presente Sentencia se está publicando fuera del lapso legal previsto en el artículo 251 de la citada Ley Adjetiva Civil, se acuerda y así se ordena Notificar a la parte actora en el presente proceso, en el expreso entendido que en el día siguiente a que conste en autos la Notificación comenzará a contarse el lapso legal para que, si así lo estiman la parte interpongan los recursos de Ley. PUBLIQUESE, REGÍSTRESE Y DÉJESE ORIGINAL O COPIA CERTIFICADA A LOS EFECTOS ESTADÍSTICOS DEL TRIBUNAL. DADO, FIRMADO, SELLADO Y REFRENDADO EN LA SALA DEL DESPACHO. En- Mérida, a los Trece días del mes de Abril de Dos Mil Siete.
LA JUEZA:
ABG. FRANCINA MARIA RODULFO ARRIA
LA SECRETARIA:
ABG. SUSANA PARRA C.
En la misma fecha se publicó la anterior sentencia, previa las formalida.....