este JUZGADO DEL MUNICIPIO ANTONIO PINTO SALINAS DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA CON LUGAR , la demanda que por DESALOJO DE INMUEBLE han incoado los Ciudadano: CARMEN OMAIRA MÁRQUEZ GUTIERREZ, NESTOR JOSE RAMIREZ MÁRQUEZ y SILVIO MARTIN RAMIREZ MARQUEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros V-9.204.394, V-20.396.419 y V-18.637.441 respectivamente, asistidos por el Abg. RUBEN DARIO SULBARAN RAMIREZ, titular de la cédula de identidad Nº V-8.024.484 e inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 28.064, en contra de la Ciudadana: ELSIDA RONDON VELA, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-10.237.557, y domiciliada en el Sector Paiva Baja Municipio Antonio Pinto Salinas del Estado Mérida, con fundamento en el literal "a" del articulo 34 del Decreto con Rango de Ley de Arrendamiento Inmobiliario, y trami.....