Este Tribunal en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley, en cumplimiento de la Comisión conferida, por el Juzgado Tercero de los Municipios Libertador y Santos Marquina de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, para practicar la medida de Embargo Preventivo, se trasladó y constituyó, el día 14 de Abril del presente año; desde las 9:45 a.m., a solicitud de la parte actora, en la dirección identificada al comienzo del acta, para dar cumplimiento a lo ordenado por el comitente; y visto la dación en pago efectuada entre las partes, sobre el inmueble compuesto por dos lotes de terrenos y las mejoras sobre el construidas, y comprendido dentro de los linderos y medidas identificados en el acta, los cuales pertenecen al demandado de autos según los documentos presentados y descritos, y previo el avalúo del practico nombrado en el presente acto, quien lo valoró en la cantidad de DOSCIENTOS OCHENTA Y SIETE MIL QUINIENTOS BOLÍVARES (Bs. 287.500,oo), .....