DECISIÓN
Por las razones precedentemente expuestas, este Tribunal de Primera Instancia en funciones de Juicio Nº 05 del Circuito Judicial Penal del estado Bolivariano de Mérida, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, hace los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Se revoca la medida cautelar sustitutiva a la privación de libertad impuesta al ciudadano LINO LEONARDO MOLINA RODRÍGUEZ, de nacionalidad venezolana, titular de la cédula de identidad N° V-17.771.510, natural de Mérida, nacido el 02-10-1987, de 35 años de edad, de ocupación u oficio Funcionario de la Policía del estado Mérida. SEGUNDO: Se ordena la aprehensión del ciudadano LINO LEONARDO MOLINA RODRÍGUEZ, ya identificado, a fin asegurar la realización de los actos del proceso en esta etapa, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 236, 237 y 238 del Código Orgánico Procesal Penal, para lo cual se ordena oficiar a los cuerpos de seguridad del Estado a fin de.....